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sábado, 11 de julio de 2009

DECRETO Nº 001180

SAN MIGUEL, 11 JUL 2009

VISTO los Decretos Nros. 1117/09 y 1122/09 del 30 de junio de 2009 por los que se declara la Emergencia Sanitaria y la suspensión de actividad pública en locales bailables, discotecas, discos, salas de bailes, clubes en los que se realicen bailes y demás locales donde se desarrollen actividades similares y bingos, tanto en lugares cerrados como al aire libre, cualquiera fuere su denominación o actividad principal y la naturaleza o fines de la entidad organizadora, caducando los permisos de espectáculos que fueran concedidos previamente y el Decreto Nº 1179/09 del 8 de julio de 2009 por el que se dispone la continuidad de la medida por siete días; y

CONSIDERANDO:

Que la suspensión se dispuso con el objeto de evitar la concentración masiva de personas, especialmente los adultos jóvenes, siendo éste el grupo etario más expuesto al contagio de la influenza A (H1 N1);

Que la suspensión no resulta suficiente para alcanzar los objetivos propuestos, puesto que se observa una gran concurrencia a bares que se convierten en lugares de alta concentración de personas, transformándose inclusive en la práctica en improvisados lugares bailables, desbaratando así las medidas preventivas que fueron objeto de la prudente regla dispuesta;

Que la razón expresada justifica la extensión de la suspensión en su actividad a bares, resto-bares y pubs;

Que en cuanto a los restaurantes, deberá limitarse drásticamente su capacidad, a fin de evitar aglomeraciones;

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN MIGUEL

DECRETA

ARTÍCULO 1º: EXTIÉNDASE la medida extraordinaria y excepcional de suspensión en el Partido de San Miguel dispuesta por Decreto Nº 1122/09 y prorrogada por Decreto Nº 1179/09, a los bares, resto-bares, whiskerías y pubs.

ARTÍCULO 2º: DÉJASE ESTABLECIDO que la medida de suspensión dispuesta también alcanza a clubes nocturnos, cabarets, dancing clubs, confiterías bailables y actividades similares, siendo esta mención meramente enunciativa.

ARTÍCULO 3º: DISPÓNGASE que durante la vigencia de la suspensión, los restaurantes, parrillas y pizzerías solo podrán funcionar reduciendo su factor ocupacional al menos en un cincuenta (50%) por ciento.

ARTÍCULO 4º: Las medidas indicadas en los artículos precedentes se extenderán a partir de la fecha y hasta las cero horas del viernes 17 de julio de 2009.

ARTICULO 5º: El presente decreto será refrendado por el señor Secretario General de Gobierno y Administración.

ARTÍCULO 6º: Remítase al H. Concejo Deliberante a los fines pertinentes.

ARTICULO 7º: Regístrese, comuníquese, publíquese y para su conocimiento y cumplimiento, pase a la Secretaría General de Gobierno y Administración. Cumplido, archívese.

DECRETO Nº 1180




CARLOS ALFONSO COLL ARECO Dr. JOAQUÍN de la TORRE

Secretario General de Intendente Municipal

Gobierno y Administración

Mueren dos personas en un accidente ferroviario

(DyN) .- Dos personas murieron anoche calcinadas, al ser arrollado el vehículo en el que viajaban por un tren, en el partido bonaerense de San Miguel.

Fuentes de la operadora del servicio precisaron a DyN que el accidente ocurrió en el paso a nivel de la línea San Martín denominado "Rivadavia", en el límite entre San Miguel y José C. Paz.

En el vehículo, viajaban al menos dos personas, quienes fueron impactados por el tren -que unía el trayecto Retiro-Pilar-, y luego murieron calcinadas, tras prenderse fuego el automotor.

"El paso a nivel estaba funcionando. La barrera, que es automática, operaba correctamente, por lo que se estima que hubo una maniobra imprudente del conductor del vehículo", consignaron los voceros del caso.

Al lugar fue asignado personal del cuartel de bomberos de San Miguel y ambulancias de la zona, quienes atendieron, principalmente, al maquinista, que "quedó en estado de shock", ya que los ocupantes murieron en el acto y los pasajeros del ferrocarril resultaron todos ilesos, indicaron las fuentes.

Finalmente, las fuentes admitieron que no se pudo determinar ni la identidad ni la edad de las personas fallecidas, debido al estado en el que quedaron los cuerpos.

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